¿QUÉ PODEMOS HACER POR TÍ?


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LICENCIAS DE ACTIVIDAD

Según el tipo de actividad puede ser:

  • Comunicación Ambiental: Actividades no calificadas o Actividades Inocuas: actividades de carácter comercial, industrial o de servicios que por su naturaleza o condiciones de funcionamiento no puedan previsiblemente producir molestias, afectar a las normales condiciones de salubridad e higiene, o implicar daños o riesgos graves a persona o bienes.
  • Licencia Ambiental: Actividades calificadas: actividades de carácter comercial, industrial o de servicios que por sus naturaleza o condiciones de funcionamiento puedan resultar molestas para su entorno.
  • Autorización Ambiental Integrada (AAI): Está definida en el artículo 3 de la Ley 16/2002 (Ley IPPC), del 1 de julio, como “la resolución del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se ubique la instalación, por la que se permite, a los solos efectos de la protección del medio ambiente y de la salud de las personas, explotar la totalidad o parte de una instalación, bajo determinadas condiciones destinadas a garantizar que la misma cumple el objeto y las disposiciones de está Ley.”

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INSTALACIONES

- Gestión de documentos.

Se realizan las gestiones siguientes:
  • Viabilidad del proyecto.
  • Realización de anteproyectos.
  • Peritaciones y valoraciones.
  • Direcciones de obra.
  • Planos as bluit y esquemas.
  • Legalización de los proyectos:
    • Tramitación en los Ayuntamientos.
    • Tramitación en los Servicios Territoriales correspondientes.
    • Visado del proyecto. 
    • Certificados finales.

- Proyectos Instalación Eléctrica.

  • Instalaciones eléctricas en baja, media y alta tensión.
  • Líneas eléctricas en baja y media tensión.
  • Centros de transformación (abonado y compañía)
  • Alumbrado público.
  • Estudios luminotécnicos.

- Proyectos de Climatización.

Las instalaciones de climatización, que engloban las instalaciones de Aire Acondicionado, Ventilación, Calefacción y ACS se rige por el actual Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Las instalaciones con necesidad de proyecto  comienzan a partir de 70 Kw de potencia frigorífica o calorífica, lo que equivale a 60.200 Frig/h o Kcal/h.
  • Proyectos de Climatización.
  • Proyectos de Ventilación.
  • Proyectos de Calefacción.
  • Proyectos de Energía Solar Térmica (ACS).
Además, se realizan estos tipos de proyectos:
  • Proyecto Instalación de Fontanería y Saneamiento.
  • Estudios de Seguridad y Salud.
  • Planes de emergencia.
  • Proyecto de Grúas.
  • Proyecto de Grupos electrógenos.
  • Proyectos de Auxiliar de Obras.

 
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AHORRO ENERGÉTICO

- Estudios y Auditorías energéticas

Realizamos estudios energéticos de los diferentes consumos (alumbrado, climatización, calderas, maquinaría…), al objeto de reducir el importe de la Energía. Actuando desde cuatro puntos de vista:
  • Asesorando en la contratación en el Mercado de Energía: Negociando el mejor precio posible para el tipo de consumo.
  • Optimizando Los parámetros de contratación: Ajustando los parámetros de contratación al objeto de negociar la modalidad más favorables y ajustar el término de potencia.
  • Optimizando los consumos internos: Estudiando el ajuste o modificación de la instalación respecto de alumbrados, calderas, motores, sistemas de arranque, climatización, etc..
  • Estudiando permanentemente la facturación: para comprobar que la modalidad de contratación es la óptima y no existen averías o desvíos significativos.

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CERTIFICADO EFICIENCIA ENERGÉTICA

- Certificados de eficiencia energética para viviendas, edificios y locales comerciales.

Con la aplicación del Real Decreto 235/2013  “Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios” se hace necesario disponer del certificado de eficiencia energética para la venta o alquiler de viviendas y locales comerciales que tendrá una vigencia máxima de 10 años desde el momento de su expedición.
El Real Decreto 235/2013 prevé tres situaciones en las que es obligatorio obtener el certificado (artículo 2):
  • En edificios nuevos. Su certificación tendrá dos partes: la de proyecto, que se incluirá en el proyecto de ejecución, y la de edificio terminado, que confirmará los datos de la primera, debiendo modificarse, de no ser así, ésta. (art. 8). El responsable de que se obtenga es el Promotor (agente de la edificación) o propietario (art. 5.1).
  • En edificios existentes o partes de edificios existentes cuando se vendan, o alquilen a un nuevo arrendatario (por tanto no es aplicable en renovaciones). El responsable de que se obtenga es el propietario (art. 5.1).
  • En edificios o partes de edificios ocupados por una autoridad pública, frecuentados por el público y con superficie superior a 250 m2. La definición de autoridad pública (aclaración 3.1) es la del artículo 2 de la Ley 30/1992. El responsable es el propietario, ya esa un tercero, si la administración es arrendataria, ó la propia administración, si es propietaria.
Las sanciones por no tener el certificado de eficiencia energética registrado y en venta oscila de 300 hasta 6.000€ dependiendo del grado de infracción según el artículo 18 del mismo Real Decreto.

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ENERGÍAS RENOVABLES

- Energías renovables.

Es la energía que se obtiene de fuentes naturales virtualmente inagotables, ya sea por la inmensa cantidad de energía que contienen, o porque son capaces de regenerarse por medios naturales. 
  • Proyecto Instalación Energía Solar Térmica (ACS). (viviendas, edificios de viviendas, gimnasios, polideportivos, piscinas, etc)
  • Proyecto Instalación Energía Solar Fotovoltaica para autoconsumo.
  • Proyecto Instalación Energía Solar Fotovoltaica Aislada
  • Proyecto Instalación Energía Eólica.